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Sentencia pionera indemnizando la sobrecarga de trabajo injustificada

Una reciente sentencia dictada el pasado 3 de Septiembre por el Juzgado de lo contencioso-administrativo nº 3 de León, aborda la cuestión de la indemnización a un funcionario que sufrió durante largo tiempo la sobrecarga de trabajo causada por las vacantes de dos compañeros, sin que el Ayuntamiento adoptase medidas diligentes para remediarlo, y ocasionándole daño laboral y pérdida retributiva.

Hay que resaltar como puntos importantes de esta sentencia;

 – Dibuja un escenario abusivo sobre el funcionario (no mera sobrecarga temporal justificada), frente a esta prolongada situación, conocida por la Administración, previsible y evitable, no se tomó ninguna medida real en un período de tiempo que se mide en años.

 – Conducta reprochable del ayuntamiento que ni cubre las plazas vacantes ni encuentra solución, y que no ha ofrecido ninguna explicación acerca de los motivos.

 – Actitud impropia del Ayuntamiento, y que figura en la sentencia, “El ayuntamiento de León, concretamente su secretaria general, considera que el legítimo ejercicio del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva por un empleado público es una falta de “lealtad y buena fe”, afirmación que solo puede calificarse de aberrante e inadmisible.

 – Determina el daño real y efectivo, que no tiene obligación de soportar, ya que, la imposición de una carga de trabajo excesiva, y el riesgo psicosocial inherente a ella, constituye por sí misma un daño real y efectivo (…) De manera específica, se ha producido una vulneración del derecho reconocido en el art 14 l) Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

En definitiva, la ST considera probada la situación permanente y continuada de exceso de trabajo, vinculada causalmente a la prolongada desatención e inactividad del ayuntamiento en la provisión de vacantes, y la consecuente desprotección del funcionario, en términos que exceden en forma notable- en duración e intensidad- las que se dan en la variada casuística jurisprudencial…

Y sobre la cuestión del derecho a indemnización, considera acertados los cálculos de la demanda según las retribuciones de la carga de trabajo suplementaria asumida, por un total de casi 150.000 €.

Pablo Romero

Pablo Romero Albarrán

Abogado

Socio en RPV Abogados

Director del departamento Laboral y Administrativo RPV Abogados.